TARJETA DE MOVIMIENTO EQUINO

Considerando el tema de la nueva Tarjeta de Movimiento Equino (TME) de extraordinario interés para nuestro sector, vamos a resumir los detalles importantes de la misma.

La creación de la TME forma parte de las iniciativas dirigidas a la simplificación de trámites y de reducción de cargas administrativas para el ciudadano. El Gobierno ha entendido que los movimientos de los équidos tienen un marcado carácter diferencial respecto a los movimientos del resto de ganado, debido a que en gran parte sus desplazamientos se realizan con fines distintos de los meramente productivos.

En definitiva la TME trata de facilitar el movimiento de los caballos para fines turísticos, recreativos, culturales, deportivos, concursos morfológicos o de aprovechamiento de pastos, siempre que vayan a retornar a la explotación de origen en un plazo inferior a treinta días naturales y siempre que no supongan un cambio de titularidad del animal.

La utilización de la TME es opcional para los responsables de documentar los movimientos de équidos, pero interesante, por cuanto les permitirá hacerlo sin necesidad de que el animal vaya acompañado del certificado o guía sanitaria.

Leyendo el R.D. 577/2014, cuyo enlace adjuntamos más abajo para que los interesados puedan consultarlo íntegro, podemos resaltar lo siguiente :

- La TME se solicitará a través de los veterinarios autorizados, quienes la solicitarán a su vez al Colegio de Veterinarios.

- La emitirá la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

- Se emitirá una tarjeta por caballo.

- Podrán solicitarla los propietarios de los caballos que estén registrados en el RIIA y ubicados correctamente en su explotación.

- Su validez será permanente, pero para movimientos temporales de duración máxima de un mes, incluyendo ida y vuelta. Si el movimiento tiene una duración superior, habrá que solicitar una guía definitiva.

- La TME no servirá para movimientos permanentes, ni para movimientos internacionales.

- Está por definir qué ocurrirá cuando se produzcan cambios de propietario.

http://www.boe.es/boe/dias/2014/07/29/pdfs/BOE-A-2014-8061.pdf

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